Registro de Viajeros: Guía Legal del Real Decreto 933/2021

registro de viajeros

El Registro de Viajeros, regulado por el Real Decreto 933/2021, es una normativa que afecta directamente a quienes operan en actividades de hospedaje y alquiler de vehículos en España. A partir del 2 de diciembre de 2024, todos los implicados deberán cumplir con estrictas obligaciones de registro documental e información. Este artículo detalla las claves del decreto, las implicaciones legales y cómo un asesoramiento profesional puede ayudarte a cumplir con la normativa mientras optimizas tus operaciones.

¿Qué es el Real Decreto 933/2021?

El Real Decreto 933/2021, publicado en el BOE, establece las bases para registrar y reportar información sobre viajeros a través de sistemas electrónicos habilitados por el Ministerio del Interior. Este decreto busca reforzar la seguridad ciudadana, previniendo actividades ilícitas como el crimen organizado y el terrorismo. Para ello, los sujetos obligados deberán recopilar datos detallados y conservarlos durante un período mínimo de tres años​​.

El objeto de este real decreto es regular las obligaciones de registro documental e información previstas en la normativa de protección de la seguridad ciudadana para las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades de hospedaje o alquiler de vehículos a motor sin conductor.

Objetivo principal

Garantizar la seguridad ciudadana mediante la trazabilidad de los movimientos de viajeros y usuarios de servicios de alquiler de vehículos.

¿Quiénes están Obligados a Cumplir con el Decreto?

La normativa aplica tanto a personas físicas como jurídicas que desarrollen actividades de:

  • Hospedaje profesional: Hoteles, campings, apartamentos turísticos.
  • Hospedaje no profesional: Alquiler vacacional por particulares.
  • Alquiler de vehículos a motor: Con y sin conductor​​.

Los sujetos obligados incluyen tanto operadores profesionales como no profesionales de actividades de hospedaje y alquiler de vehículos, siempre que estas se realicen dentro del territorio español.

Excepciones

Los particulares que no ejerzan actividades de forma profesional quedan exentos del registro documental, aunque deben cumplir con las obligaciones de comunicación​.

¿Qué Datos Deben Recopilarse?

Los datos obligatorios incluyen:

1. Información del viajero:

  • Nombre completo y fecha de nacimiento.
  • Número y tipo de documento de identidad (DNI, pasaporte, etc.).
  • Nacionalidad, dirección y contacto.

2. Detalles de la reserva y transacción:

  • Fechas de entrada y salida.
  • Número de acompañantes y relación familiar, en caso de menores.

3. Datos del establecimiento o empresa:

  • Nombre comercial, CIF o NIF, y dirección​​.

La información debe registrarse en la plataforma SES.Hospedajes, un sistema desarrollado por el Ministerio del Interior​.

Los datos requeridos incluyen nombre completo, documento de identidad, nacionalidad, dirección de residencia y datos de contacto, entre otros.

La Plataforma SES.Hospedajes: Todo lo que Necesitas Saber

SES.Hospedajes es una herramienta digital obligatoria para el cumplimiento del decreto. A través de esta plataforma, los datos se comunican de forma electrónica a las autoridades competentes.

Ventajas de SES.Hospedajes:

  • Simplificación de los procesos de registro.
  • Reducción de errores humanos al centralizar la información.
  • Cumplimiento automático con los plazos legales.

SES.Hospedajes es la plataforma electrónica oficial del Ministerio del Interior para la comunicación de datos en cumplimiento del Real Decreto 933/2021

Pasos para registrarte:

  1. Registra tu establecimiento en la sede electrónica del Ministerio del Interior.
  2. Configura el sistema para integrar los datos de tus clientes.
  3. Sube los datos de cada huésped o usuario​.

Multas y Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento del Real Decreto 933/2021 puede derivar en sanciones económicas significativas:

  • Faltas leves: Hasta 6.000 euros.
  • Faltas graves: Multas de hasta 30.000 euros​.

Las infracciones incluyen:

  • Falta de registro de datos obligatorios.
  • Retrasos en la comunicación de la información.
  • Datos incorrectos o incompletos.

Las sanciones pueden alcanzar los 30.000 euros para las infracciones graves relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones del Real Decreto 933/2021.

Desafíos y Críticas a la Normativa

Aunque el decreto mejora la seguridad ciudadana, ha suscitado críticas, especialmente en sectores como el turístico. Las principales preocupaciones son:

  • Carga administrativa: Muchas empresas pequeñas carecen de recursos para implementar los cambios necesarios.
  • Privacidad de datos: La recolección masiva de información sensible genera inquietudes sobre su uso y protección​​.

El sector turístico denuncia una carga administrativa desproporcionada y posibles vulneraciones de la privacidad en la recolección masiva de datos.

Adaptación al Decreto: Recomendaciones Prácticas

Para cumplir con el decreto sin afectar la operatividad de tu negocio:

  1. Consulta con expertos legales: Asegúrate de interpretar correctamente la normativa.
  2. Digitaliza tu gestión: Implementa sistemas que integren datos automáticamente con SES.Hospedajes.
  3. Capacita a tu equipo: Forma a tus empleados sobre las nuevas obligaciones legales​​.

Beneficios de Cumplir con la Normativa

Cumplir con el Real Decreto 933/2021 no solo evita sanciones, sino que también:

  • Refuerza la confianza de tus clientes.
  • Mejora tu reputación como operador profesional.
  • Contribuye a la seguridad colectiva.

¿Cómo Podemos Ayudarte?

Nuestro despacho ofrece:

  • Asesoramiento legal integral: Interpretación y aplicación de la normativa.
  • Implementación tecnológica: Configuración de herramientas para facilitar el registro y la comunicación.
  • Formación personalizada: Capacitación para equipos en cumplimiento normativo.

Ventajas de contratar nuestros servicios:

  • Minimización del riesgo de sanciones.
  • Optimización de procesos administrativos.
  • Acceso a expertos en legislación y protección de datos.

Cumple con la Ley y Protege tu Negocio

El Real Decreto 933/2021 exige un alto nivel de compromiso por parte de los operadores turísticos y de hospedaje. Sin embargo, con las herramientas adecuadas y el asesoramiento correcto, puedes garantizar el cumplimiento normativo mientras mejoras la eficiencia de tu negocio.

¿Tienes dudas sobre cómo adaptarte al nuevo registro de viajeros? ¡Contacta con nosotros!

Preguntas Frecuentes (FAQs)

1. ¿Qué es el Real Decreto 933/2021?
Es una normativa española que regula el registro documental e información de los viajeros en actividades de hospedaje y alquiler de vehículos, con el objetivo de mejorar la seguridad ciudadana.

2. ¿A quiénes aplica esta normativa?
A cualquier persona física o jurídica que realice actividades de hospedaje o alquiler de vehículos, ya sea de manera profesional o no, dentro de España.

3. ¿Qué datos debo recopilar?
Debes registrar información personal del viajero (nombre, documento de identidad, dirección, etc.), datos de la reserva y detalles del establecimiento o empresa.

4. ¿Qué ocurre si no cumplo con esta normativa?
El incumplimiento puede derivar en multas de hasta 30.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

5. ¿Cómo funciona la plataforma SES.Hospedajes?
Es una herramienta oficial del Ministerio del Interior donde debes registrar y comunicar los datos de tus clientes de manera electrónica.

6. ¿Qué debo hacer si tengo dudas o problemas para adaptarme?
Nuestro despacho ofrece asesoría legal y formación especializada para garantizar que cumplas con el Real Decreto 933/2021 sin complicaciones. Contáctanos para más información.

Autor del artículo : Miquel Hernández Évole

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