¿Pueden Pedirme el DNI en un Hotel?

DNI

Mostrar el DNI al hacer el check-in en un hotel, casa rural o apartamento turístico es una práctica extendida. Pero, ¿es legal pedir este documento? ¿Y hacerle una fotocopia? Muchas veces, esta exigencia genera dudas entre profesionales del sector turístico y sus clientes. La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) ha emitido recientemente un criterio muy claro sobre el DNI en alojamientos turísticos que debe conocer todo establecimiento que registre viajeros.

En este artículo desgranamos qué se puede y qué no se puede hacer con el DNI según el RGPD, la normativa policial aplicable y las recomendaciones de la AEPD. Descubre cómo proteger a tus huéspedes y cumplir con la ley.


¿Por qué se pide el DNI en los alojamientos turísticos?

Obligaciones legales: Real Decreto 933/2021 y normativa policial

El motivo principal por el que se solicita el DNI en establecimientos de hospedaje es el cumplimiento del Real Decreto 933/2021, que regula el registro documental e información sobre personas que hacen uso de estos servicios.

Este real decreto, en su Anexo I, establece los datos que deben ser recabados por el alojamiento antes del inicio de la estancia. Entre ellos:

  • Nombre y apellidos

  • Número del documento de identidad

  • Nacionalidad

  • Fecha de entrada

  • Firma del cliente

Estos datos deben ser transmitidos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con fines de seguridad ciudadana.


¿Es obligatorio mostrar el DNI? ¿Y hacer una copia?

Mostrar, sí. Fotocopiar, no.

Según la AEPD, mostrar el DNI es legítimo para verificar los datos recogidos, pero hacer una copia del documento no lo es, salvo excepciones muy justificadas.

Diferencias clave:

Acción ¿Permitida por RGPD? Comentario
Mostrar el DNI Para verificar los datos del formulario
Anotar los datos requeridos Siempre que se limiten a los del Anexo I
Fotocopiar el DNI No Supone un tratamiento excesivo e innecesario
Retener el DNI No No se puede condicionar el check-in a entregarlo

Lo que dice la AEPD sobre el DNI en alojamientos turísticos

La AEPD ha sido contundente en su informe de junio de 2025:

“Solicitar una copia del DNI vulnera el principio de minimización de datos del RGPD”.

Esto se debe a que el DNI incluye más datos de los necesarios, como la fotografía, el nombre de los padres o el número CAN. Estos datos no forman parte de la información obligatoria según el Real Decreto 933/2021.

Además, guardar copias del DNI aumenta el riesgo de suplantación de identidad, lo cual es incompatible con las buenas prácticas de seguridad jurídica.


Errores comunes en alojamientos turísticos

1. Exigir el DNI como condición para el check-in

Aunque la identificación es obligatoria, esta no debe implicar la entrega o copia del DNI, solo la verificación visual.

2. No informar sobre el tratamiento de datos personales

Muchos alojamientos omiten informar debidamente a los huéspedes, incumpliendo el artículo 13 del RGPD, que exige:

  • Identidad del responsable

  • Finalidad del tratamiento

  • Base jurídica

  • Destinatarios de los datos

  • Derechos de los interesados

No cumplir con este deber puede derivar en sanciones por parte de la AEPD.


Cómo cumplir con la protección de datos al registrar a los huéspedes

Información obligatoria a facilitar

Debes recoger únicamente los datos especificados en el Anexo I del Real Decreto. No más, no menos.

Tiempo de conservación

  • Los datos deben conservarse solo el tiempo imprescindible para cumplir con la obligación legal de comunicación a la policía.

  • Después, deben eliminarse salvo que haya otra base jurídica para conservarlos.

Recomendaciones prácticas: apps, formularios y gestión de DNI

  • Utiliza formularios que recojan solo los campos obligatorios.

  • Si se usa una app para el check-in digital, asegúrate de que no almacena innecesariamente copias del documento.

  • Verifica la identidad mostrando el DNI al recepcionista, o bien con certificados digitales, códigos de verificación o medios de pago en registros online.


Conclusión: Pide el DNI, pero cumple la ley

Pedir el DNI en un hotel o alojamiento turístico es legal, pero con límites claros. No puedes hacer una fotocopia, ni retener el documento, ni usarlo para fines distintos a los previstos por la ley. Cumplir con el RGPD no es solo una obligación legal, sino una garantía de confianza para tus clientes.

¿Tienes un hotel o apartamento turístico? Contacta con nosotros para adaptar tus procedimientos al RGPD y evitar sanciones. Te ayudamos a implementar un check-in seguro.


Preguntas Frecuentes (FAQs)

1. ¿Me pueden obligar a entregar el DNI en un alojamiento?

No. Debes mostrarlo para que verifiquen tus datos, pero no están autorizados a quedárselo ni a exigir copia.

2. ¿Pueden fotocopiarme el DNI sin mi consentimiento?

No. Hacer una copia del DNI supone un tratamiento excesivo de datos y vulnera el RGPD, salvo casos excepcionales.

3. ¿Puede el hotel denegarme el acceso si no entrego el documento?

Pueden exigir la verificación de tus datos, pero no pueden condicionar el acceso a la entrega o fotocopia del DNI.

4. ¿Qué ocurre si uso una app para registrar a los huéspedes?

Debe cumplir con el RGPD. Asegúrate de que no almacena datos de más ni guarda imágenes del documento innecesariamente.

5. ¿El registro digital de viajeros es seguro legalmente?

Sí, siempre que se limite a los datos del Real Decreto 933/2021 y cuente con medidas de autenticación robustas, como verificación por medios de pago o certificados digitales.

Autor del artículo : Miquel Hernández Évole

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